Os recordamos que durante los primeros cuatro meses del año, podemos proceder a solicitar la devolución del 50% de las cuotas del régimen especial de trabajadores autónomos si durante el año 2012 hemos cotizado en pluriactividad en cualquier otro régimen de la seguridad social y en el régimen especial de trabajadores autónomos de manera simultánea.
El requisito que marca la Seguridad Social es que la suma de las cuotas ingresadas por contingencias comunes, tanto a cargo de la empresa como del trabajador junto con las cuotas ingresadas por autónomos sean superiores a 10.860 euros. Sobre el exceso de estas cotizaciones, se devolverá el 50% de las cuotas de autónomos ingresadas, sin sobrepasar en ningún caso el 50% del total de las cuotas ingresadas.