En SP ASESORES estamos multiplicando los esfuerzos, no solo para seguir dando el mejor servicio a nuestros clientes, sino también aportando información y la normativa especifica aplicable, para mantener informados a los empresarios y profesionales que consultan el blog de nuestra web y que regularmente actualizamos. 

El Diario Oficial de Castilla La Mancha de hoy, día 14 de mayo y con entrada en vigor mañana día 15 de mayo, ha publicado las subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y microempresas afectadas por COVID19.

OBJETIVO

El objeto del decreto es regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones a las personas trabajadoras autónomas y microempresas, a través de una prestación económica única, para compensar las pérdidas económicas ocasionadas en sus actividades económicas consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de esa situación.

 

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y en las que concurran alguna de las dos siguientes circunstancias:

  • Que se hayan visto obligadas a la suspensión de su actividad económica conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Que no habiendo suspendido la actividad económica desarrollada, las personas autónomas trabajadoras o microempresas haya sufrido una reducción de su facturación en el mes natural anterior a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de al menos el 60 por ciento, en relación con el mismo mes del ejercicio anterior. Cuando no sea posible tomar dicha referencia, la comparación se realizará en relación con el promedio mensual de la facturación efectuada desde el inicio de su actividad hasta la declaración del estado de alarma.
  • Podrán acceder también a la condición de beneficiario las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y en las que concurran alguna de las dos circunstancias anteriormente señaladas.

LÍNEAS DE SUBVENCIÓN

LÍNEA 1: Subvenciones destinadas a personas trabajadoras autónomas sin asalariados que ejerzan una actividad por cuenta propia

LÍNEA 2: Subvenciones destinadas a microempresas (cualquiera que sea su forma jurídica) que tengan hasta 10 trabajadores incluidos los autónomos como máximo .

 

CUANTÍA SUBVENCIÓN:

LÍNEA I:  1.500€
LÍNEA II:

  •  2.200€ para microempresas que tengan hasta 5 trabajadores 
  •  3.000€ para microempresas que tengan más de 5 trabajadores y menos de 10 

 

OBLIGACIONES

  • Mantener la actividad durante al menos 12 meses.
  • Tener el mismo número de trabajadores en el momento de la solicitud de la subvención y al término del plazo de 12 meses 

 

SOLO PODRA PRESENTARSE UNA SOLICITUD POR PERSONA SOLICITANTE

Le adjuntamos, por si fuera de su interés, el enlace al Plan de Medidas Extraordinarias para la recuperación económica de Castilla-La Mancha con motivo de la crisis del Covid-19 en el ámbito de actuación de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo que refuerza, complementa y amplía las medidas adoptadas por el Consejo de Gobierno y otros departamentos del Gobierno Regional, conformando un paquete económico y social completo para dar respuesta al tejido empresarial de Castilla La Mancha.

En SP ASESORES seguiremos trabajando, también en los meses venideros de desescalada, para prestaros nuestros servicios y ofreceros las mejores soluciones y, como siempre, nuestro apoyo y ánimo a todos los Autónomos y Pymes que sois quienes nos sacaran de toda esta crisis económica, social y sanitaria.

 

 

 

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