En el BOE del pasado 29 de Noviembre se ha publicado la Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2012 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Al leerla en detalle podemos comprobar que no hay muchas novedades con respecto a la orden del año pasado, os destacamos los aspectos fundamentales:
En IRPF:
– Se mantienen los mismos precios para el IRPF que la Orden de módulos para 2011.
– Se mantiene la reducción del rendimiento neto del 5% para las actividades agrícolas y ganaderas, para 2012, y además esta reducción dle 5% se la pueden seguir aplicando los contribuyentes en estimación objetiva y con actividades forestales. Esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos de los pagos fraccionados de 2012.
En IVA:
– Se mantienen los precios de los módulos existentes en 2011.
– En la disposición adicional tercera se establecen para 2012 unos porcentajes de cuota devengada que sustituyen a los del Anexo I para las siguientes actividades:
Actividad de apicultura: 0,056.
Servicios de cría, guarda y engorde de aves: 0,053.
El plazo de renuncias o revocaciones en el método de estimación objetiva o régimen simplificado de IVA, será hasta el 31 de diciembre.
Si tiene cualquier duda o quiere saber en qué le afecta esta normativa no dude en ponerse en contacto con nosotros.