El Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social está formado en la actualidad únicamente por trabajadores por cuenta ajena, desde la integración de los trabajadores agrarios por cuenta propia en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos el 1 de enero de 2008. No obstante, y al igual que ocurría en relación con estos últimos trabajadores, tal regulación ha quedado en buena medida obsoleta y no se adecua ya a los cambios laborales, económicos, sociales y demográficos experimentados en el sector agrario español y su mercado de trabajo, produciendo importantes desajustes en la protección social de los trabajadores agrarios por cuenta ajena, que impiden su plena equiparación a la percibida por aquéllos que prestan sus servicios en otros sectores económicos.
Los objetivos básicos de esta Ley, que entrará en vigor el día 1 de enero de 2012 son:
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La integración en el Régimen General de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena incluídos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, así como de los empresarios a los que prestan sus servicios.
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La creación de un Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios en el cual, manteniendo el ámbito subjetivo de aplicación existente en el Régimen Especial Agrario con exclusión de los requisitos de habitualidad y medio fundamental de vida, se afiancen las garantías de empleo y de cobertura de los trabajadores agrarios por cuenta ajena a través de un nuevo modelo de cotización y de protección, dentro de un contexto de impulso de la creación de riqueza en el sector.