El salario mínimo interprofesional durante el año 2011 se fija en las siguientes cuantías:
– díario: 21,38 €;
– mensual: 641,40 €;
– anual, a efectos de compensación y absorción: 8.979,60 €;
– trabajadores eventuales y temporeros: 30,39 €/jornada legal en la actividad;
– empleados de hogar por horas: 5,02 €
Hay que tener en cuenta que en el SMI se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.