HASTA LA DISOLUCION EXISTEN OBLIGACIONES. Hay que tener mucho cuidado y no descuidarnos, cuando paralicemos una sociedad mercantil debemos vigilar que todos los impuestos de ese trimestre, los resúmenes anuales, etc. se queden presentados.
Asimismo en ejercicios posteriores debemos presentar impuestos de sociedades y cuentas anuales.
Con lo cual hay que valorar los costes de la disolución, los costes del mantenimiento, etc. y en todas las posibles incidencias fiscales y patrimoniales para sociedad y socios.