HASTA LA DISOLUCION EXISTEN OBLIGACIONES. Hay que tener mucho cuidado y no descuidarnos, cuando paralicemos una sociedad mercantil debemos vigilar que todos los impuestos de ese trimestre, los resúmenes anuales, etc. se queden presentados.

   Asimismo en ejercicios posteriores debemos presentar impuestos de sociedades y cuentas anuales.

   Con lo cual hay que valorar los costes de la disolución, los costes del mantenimiento, etc. y en todas las posibles incidencias fiscales y patrimoniales para sociedad y socios.

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