Como ya informamos en noviembre en esta web, el año pasado se publicó la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre (BOE de 23 de octubre), que aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación.

Ahora que se acerca el momento de la presentación del modelo 347, vamos a señalar las principales novedades:

  1. Estarán obligados a presentar la declaración informativa de operaciones con terceras personas aquellas personas físicas y entidades en atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que tributen en dicho impuesto por el método de estimación objetiva, esto significa que las Comunidades de Bienes en las que sus miembros (los comuneros) se encuentren en módulos tendrán que presentar el 347. Hasta ahora los contribuyentes que tributaban bajo el régimen de estimación objetiva no tendrán obligación de presentar el modelo 347.
  2. Se obliga a consignar de forma separada:
  3. a) las operaciones de seguro.
  4. b) los arrendamientos de locales de negocio.
  5. c) (NOVEDAD) los importes superiores a 6.000€ que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.
  6. d) (NOVEDAD) Las cantidades percibidas en contraprestación de transmisión de inmuebles, efectuados o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el IVA.
  7. Se reafirma la obligatoriedad de la presentación telemática de la declaración para las sociedades mercantiles.
  8. Último día para su presentación, el 31 de marzo de 2.009, por las operaciones que deban incluirse en este modelo correspondiente al ejercicio 2.008.
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