El Impuesto de sociedades de año 2009 presenta importantes novedades. Algunas de las principales novedades son las siguientes:

1.    Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo. Los requisitos para la reducción de tipos impositivos son:

A) Entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros.

B) Tener una plantilla media del ejercicio inferior a 25 empleados.

C) Que la plantilla media durante los 12 meses a inicio de cada uno de los periodos impositivos sea: mayor que 1 y mayor o igual a la plantilla media de los últimos 12 meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir del 1 de enero de 2009.

D) Para sociedades constituidas en los años 2009, 2010 y 2011 y la plantilla media en los 12 meses siguientes al inicio del primer período impositivo sea superior a 0 pero inferior a la unidad, podrán aplicar los tipos reducidos en el período de constitución siempre y cuando la plantilla media de los 12 meses siguientes sea superior a la unidad.

Las sociedades que cumplan estos requisitos,  tributarán del siguiente modo:

– Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 20%.

– Por la parte de base imponible restante, al tipo del 25 %

2.    Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Para la modalidad consistente en determinar el pago fraccionado partiendo de la cuota íntegra del último periodo impositivo cuyo plazo de declaración estuviese vencido, será del 18 por 100.
Para la modalidad consistente en determinar el pago fraccionado partiendo de la base imponible corrida del ejercicio, el porcentaje será el resultado de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto.

3.    Porcentaje de retención o ingreso a cuenta. Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2010 se establece, con carácter general, un porcentaje de retención o ingreso a cuenta para rendimientos del capital mobiliario del 19 por 100.

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