Las novedades más importantes:

  • A partir de 1 de septiembre de 2012 habrá subida de los tipos de gravamen del IVA quedando su tipología en:

–  Tipo General: 21% (hasta septiembre 2012 el 18%).
–  Tipo Reducido: 10%.(hasta septiembre 2012 el 8%).
–  Tipo Superreducido: 4%. (no varía)

  • Al mismo tiempo el porcentaje de compensación de IVA de agricultores y ganaderos quedará:

-El 12 por 100 (hasta septiembre 2012 es el 10%) a las entregas de productos naturales obtenidos en explotaciones agrícolas o forestales y en los servicios de carácter accesorio de dichas explotaciones.

-El 10,5 por 100 (hasta septiembre 2012 es el 8,5%), en las entregas de productos naturales obtenidos en explotaciones ganaderas o pesqueras y en los servicios de carácter accesorio de dichas explotaciones.

  • Los porcentajes de recargo de equivalencia serán:

-Tipo general: 5,2% (hasta septiembre 2012 el 4%).
-Tipo reducido 1,4% (hasta septiembre 2012 el 1%)
-Tipo Superreducido: 0,50%. (no varía)
-Entregas de bienes objeto del Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco: 1,75% (no varía)

Aquellos productos y servicios “más significativos” quedarán clasificados de la siguiente forma:

General (21%)

Reducido (10%)

Superreducido (4%)

  1. Ropa.
  2. Tabaco.
  3. Alcohol.
  4. Cosméticos.
  5. Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta y barbacoas
  6. Flores y plantas ornamentales, semillas.
  7. Entrada a teatros, circos y festejos taurinos, servicios de televisión digital, cine.
  8. Servicios funerarios, servicios de peluquería.
  9. Adquisición de obra de arte, servicios prestados por artistas
  10. Asistencia sanitaria dental y curas termales.
  11. Espectáculos deportivos de carácter aficionado
  12. Servicios de radiodifusión, ejecuciones de obras, servicio a personas físicas que practiquen deporte,
  13. Obras de reparación y renovación.
  1. Alimentos en general.
  2. Agua.
  3. Medicamentos para uso animal.
  4. Gafas graduadas y lentillas.
  5. Rehabilitación de viviendas (sube al 21% en 2013)
  6. Semillas, bulbos y esquejes.
  7. Hostelería.
  8. Transporte de viajeros.
  9. Limpieza de vías públicas.
  10. Recogida de residuos.
  11. Entradas a bibliotecas y museos.
  1. Pan común
  2. Leche natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  3. Quesos y huevos.
  4. Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales.
  5. Libros y periódicos.
  6. Medicamentos para uso humano.
  7. Prótesis, órtesis e implantes para personas con minusvalía.
  8. Viviendas de protección oficial
  9. Resto de viviendas nuevas (hasta 31/12/12).

Como podemos observar los cambios son:

SUBEN DEL 4% al 10% Compra de vivienda nueva y arrendamientos de vivienda con opción de compra. La vivienda usada tributa por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
SUBEN DEL 4% AL 21% Material escolar (a excepción de libros de texto y otros específicos).
SUBEN DEL 8% al 10% Transporte, cesta de la compra de alimentos (excepto productos básicos), gafas graduadas y lentillas, hoteles y restaurantes, las obras de renovación y reparación de vivienda (pasarán al 21% en 2013).
SUBEN DEL 8% al 21% Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta y barbacoas, flores y plantas ornamentales, semillas, entrada a teatros, circos y festejos taurinos, servicios de televisión digital, cine, servicios funerarios, servicios de peluquería, adquisición de obra de arte, servicios prestados por artistas, asistencia sanitaria dental y curas termales, espectáculos deportivos de carácter aficionado, servicios de radiodifusión, ejecuciones de obras, discotecas. importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, servicio a personas físicas que practiquen deporte, y obras de reparación y renovación.
SUBEN DEL 18% al 21% Resto de bienes y servicios a los que ya se venía aplicando el tipo general.

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