El próximo día 2 de marzo termina el plazo de presentación de modelo 347 dle ejercicio 2014. Recordarles que si su empresa ha efectuado operaciones durante el año 2014 con algún cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros en su conjunto, deberá presentar próximamente el modelo 347.
Conviene recordar los siguientes aspectos:
- No deberá incluir aquellas operaciones de las cuales Hacienda ya tiene información a través de otras declaraciones. Por ejemplo, esto ocurre respecto de las operaciones sujetas a retención.
- En general, no deberá presentar el modelo 347 si tributa en el IRPF en módulos y, a la vez, en el IVA por el régimen simplificado, por el de agricultura, ganadería y pesca, o por el de recargo de equivalencia. ¡Atención! No obstante, sí que deberá presentarlo por las operaciones en las que haya emitido factura, y –desde 2014– si está acogido al régimen simplificado, también por las adquisiciones de bienes y servicios (en todo caso, las operaciones efectuadas con el mismo cliente o proveedor deberán superar los 3.005,06 euros).