Se ha publicado la nueva Ley de Autónomos, Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Su puesta en marcha se establece en varias fases, unas medidas más urgentes entran en vigor el día 26 de octubre de 2017, y para otras medidas se fija el día 1 de enero de 2018 su entrada en vigor.

MEDIDAS QUE ENTRAN EN VIGOR EL 26 DE OCTUBRE DE 2017
  • Se mantiene con alguna modificación la posibilidad de que los trabajadores autónomos en pluriactividad… tengan derecho al reintegro del 50% del exceso de sus cotizaciones
  • Se mantiene el derecho de los trabajadores autónomos por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación… por un plazo de hasta doce meses, a una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, modificándose la edad del hijo menor a 12 años.
  • Se mantiene las bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para los trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural… siempre que este periodo tenga una duración de al menos un mes, de bonificación del 100%, modificándose a 12 meses para el cálculo de la base.
  • Bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo … habiendo cesado su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha del cese; tendrán derecho a una bonificación fijada en la cuantía de 50 euros mensuales durante los 12 meses
  • Podrán mantener la Base mínima de cotización los trabajadores autónomos que en algún momento de cada ejercicio económico y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez.
  • Equiparación a efectos de las contingencias derivadas de accidente de trabajo in itinere…también se entenderá como accidente de trabajo el sufrido al ir o al volver
  • Bonificación por la contratación de familiares del trabajador autónomo… del 100 % durante un período de 12 meses.
  • Se mantiene la compatibilidad de la realización de trabajos por cuenta propia con la percepción de una pensión de jubilación contributiva… compatible con el trabajo será equivalente al 50 %, añadiéndose… y se acredita tener contratado un trabajador por cuenta ajena, se alcanzaría el 100%
  • Se mantiene que los trabajadores autónomos podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años, aunque convivan con ellos, así como hijos mayores con discapacidad, modificándose en este caso los supuestos de discapacidad.
  • Para los autónomos colaboradores…familiares de trabajadores autónomos hasta el segundo grado inclusive, que se incorporen al R. E.T.A., se modifica siempre y cuando no hubieran estado dados de alta en el mismo en los 5 años, manteniéndose la bonificación durante los 24 meses siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 50% durante los primeros 18 meses y al 25% durante los 6 meses siguientes.

MEDIDAS QUE ENTRAN EN VIGOR EL 1 DE ENERO DE 2018

  • Nuevo régimen de recargos por ingreso fuera de plazo

Recargo del 10% de la deuda, si se abonan las cuotas debidas dentro del primer mes

Recargo del 20% de la deuda si se abonan las cuotas debidas a partir del segundo mes

  • Extensión de la cuota reducida para los autónomos que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia.

Alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, cuantía de 50 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes, 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes, 30% de la cuota durante los 6 meses siguientes

Menores de 30 años, o menores de 35 años en el caso de mujeres, podrán aplicarse, además de las reducciones y bonificaciones previstas en el apartado anterior, una bonificación adicional equivalente al 30%, sobre la cuota por contingencias comunes, en los 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto en el apartado 1. En este supuesto la duración máxima de las reducciones y bonificaciones será de 36 meses

  • Beneficios en la cotización para personas con discapacidad, que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, 50 euros mensuales durante los 12 meses. Con posterioridad podrán aplicarse una bonificación sobre la cuota por contingencias comunes, siendo la cuota a bonificar el 50%, por un período máximo de hasta 48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años
  • Deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad.
  • Modificación del Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos…. La afiliación y hasta tres altas/bajas dentro de cada año natural tendrán efectos desde el día en que concurran

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