El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que España incumple el Derecho comunitario al considerar que los registradores de la propiedad no están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando prestan sus servicios para liquidar y recaudar los Impuestos sobre Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales a las comunidades autónomas.

Share This

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Los ajustes de cookies en esta web están configurados para «permitir las cookies» y ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues usando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en «Aceptar», estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar