El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que España incumple el Derecho comunitario al considerar que los registradores de la propiedad no están sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando prestan sus servicios para liquidar y recaudar los Impuestos sobre Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales a las comunidades autónomas.