El 30 de junio termina el plazo de devolución extraordinaria del Impuesto de Hidrocarburos.
La Orden EHA/823/2009, de 31 de marzo (BOE de 3 de abril), reconoce la procedencia de la devolución extraordinaria de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo que hayan tributado al tipo de 78,71 € por 1.000 litros y que hayan sido efectuadas en el período comprendido ente el 1 de octubre de 2007 y el 31 de diciembre de 2008. Debiéndose presentar la solicitud a través de internet antes del 30 de junio de 2009 y deberán estar en posesión de un certificado de firma electrónica.