La Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril (BOE de 30 de abril) eleva, a partir del 1 de mayo de 2009, el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago, de 6.000 a 18.000 euros. Señalar que el ámbito de aplicación de esta Orden se ciñe a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas por la AEAT, y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública Estatal, por lo que el límite exento de la obligación de prestar garantía en solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento cuya gestión corresponda a otras Administraciones Tributarias seguirá regulándose de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional segunda del Real Decreto1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
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