Son numerosas las dudas que hay acerca de las bonificaciones para autónomos vigentes actualmente, aclaramos en este post las más frecuentes:
- ¿El R.E.T.A con asalariados se puede acoger a las nuevas bonificaciones para trabajadores autónomos?
Respuesta: NO. Pero SÍ a la anterior bonificación del 30% para hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años
Normativa aplicable: Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero
- ¿El autónomo familiar colaborador hasta segundo grado, puede acogerse a la nueva bonificación de R.E.T.A?
Respuesta: NO. Pero sí puede acogerse a al anterior; sería el 50% por ser colaborador más un 30% por ser menor 30 años, lo que equivaldría a un 80% durante 30 meses.
Normativa aplicable: Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero
- ¿Qué autónomos se podrán beneficiar de las bonificaciones y reducciones del R.D-L de 22.02.13?
Los trabajadores por cuenta propia que tengan menos de 30 años de edad y que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores
¿En qué consisten las bonificaciones?
a) Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.
b) Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en la letra a).
c) Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b).
d) Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción.
Normativa aplicable: Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero