El pasado 26 de marzo fue publicada en el BOE la orden que aprueba los modelos del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio para 2012, y que regula la forma y plazos de presentación. Pulse aquí para acceder al contenido de dicha orden.

Así, por ejemplo, los plazos de presentación para los contribuyentes que declaren por vía electrónica son los siguientes:

  • Borrador del IRPF. Los contribuyentes podrán solicitar su borrador del IRPF y confirmarlo entre el 2 de abril y el 1 de julio de 2013.
  • Declaración del IRPF. Si se opta por presentar la declaración del IRPF (en lugar de confirmar el borrador) el plazo se inicia el 24 de abril y finaliza el 1 de julio.
  • Declaración de Patrimonio. Los plazos son los mismos que los de la declaración del IRPF.

En todos estos casos, si se opta por domiciliar el pago, las declaraciones o borradores sólo pueden presentarse o confirmarse hasta el 26 de junio de 2013.

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