El pasado 31 de diciembre se publicaba el Real Decreto-ley 20/2011 de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

Las modificaciones tributarias más importantes son entre otras:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

  1. Subida transitoria, durante 2012 y 2013,  mediante el establecimiento de un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal que va desde un 0,75%, para las rentas más bajas, hasta un 7 % para las rentas más altas. Se incrementa también el gravamen correspondiente a la base liquidable del ahorro, desde un 2 hasta un 6 por ciento.
  2. Se recupera la deducción por inversión en vivienda habitual para todos los  niveles de renta, con base máxima de deducción de 9.040 euros. Se mantiene la deducción del 20 % por obras de mejora.
  3. Se mantiene la reducción del 20 % del rendimiento neto positivo de actividades económicas para los empresarios que mantengan empleo en 2012 con respecto a 2008.
  4. Para el cálculo de las retenciones a aplicar a los trabajadores se añade a la tarifa vigente la complementaria establecida, a partir del 1 de febrero, manteniendo en enero la tarifa vigente del Impuesto para 2011.
  5. Se sube el tipo de retención del 19% al 21%, aplicable a los rendimientos del capital mobiliario y a los arrendamientos de inmuebles, entre otros.
  6. Se incrementa el porcentaje de retención aplicable a los rendimientos del trabajo percibido por la condición de administradores o miembros del consejo de administración.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Se prorroga hasta 2012 el tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo. Para los periodos impositivos iniciados en 2012, la entidades cuyo importe neto de cifra de negocios sea inferior a 5.000.000 € y la plantilla media no llegue a 25 empleados, se podrá aplicar  el tipo de gravamen del 20 %  sobre los primeros 300.000 € de base imponible y el 25 %  por el exceso de dicho importe, siempre que se mantenga la plantilla en el ejercicio iniciado en 2012 respecto a 2008.

  1. Se mantienen los porcentajes de los pagos fraccionados para 2012.
  2. El nuevo tipo de retención con carácter general para 2012 y 2013 se eleva al 21%, anteriormente se encontraba en el 19%.
  3. Se prorroga un año más la deducción del 0,5 % de los gastos o inversiones satisfechos para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.

IMPUESTO SOBRE VALOR AÑADIDO

El tipo de gravamen superreducido del 4 % que se regulo para adquisiciones de vivienda a partir del día 20 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2011, se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2012.

Ver Real Decreto

Share This

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Los ajustes de cookies en esta web están configurados para «permitir las cookies» y ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues usando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en «Aceptar», estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar