La Campaña de la Renta 2025 empezó en abril 8 de este 2026 y en SP ASESORES empezamos en mayo a tramitar las rentas de nuestros clientes hasta finalizar el plazo el 30 de junio. ¿Conoces todas las novedades de la campaña de este año?
En el ejercicio 2025 se establece como límite para la obligación para declarar los 22.000€ y 15.876€ según sea de uno o varios pagadores. Tampoco es necesaria la declaración si las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y cualquier otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
Rentas del trabajo
Para los rendimientos del trabajo habrá que tener en cuenta exenciones en las asignaciones de gastos de dietas y gastos de locomoción, la indemnizaciones por despidos, así como las rentas mínimas de inserción e ingreso mínimo vital, con los límites establecidos.
Hay otras exenciones como las ayudas a rehabilitación energética de edificios, prestaciones de ERTE, ciertas cantidades de indemnizaciones de seguros de accidentes y ciertos premios de loterías y apuestas.
Hay reducciones por obtención de rentas del trabajo art 20 LIRPF, y por rendimientos irregulares, así como deducciones genéricas para todos los trabajadores que van desde los 2.000€ hasta 7.750€, así como otras deducciones más especificas que podemos explicarte en SP ASESORES.
Novedad 2025: a partir del 1 de enero de 2025, los contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros podrán aplicar la siguiente deducción siempre que cumplan los restantes requisitos exigidos, y podrá ser hasta 340 euros.
Capital Inmobiliario
Las deducciones para los arrendadores de vivienda han sufrido importantes modificaciones con la aplicación de la ley 12/2023 de 24 de mayo, para contratos a partir del 26 de mayo del 2.023 y ya en vigor el 1 de enero del 2.025, siendo hasta del 90% estas reducciones.
Los saldos de dudoso cobro tienen unos plazos para su deducibilidad.
Capital Mobiliario
Los rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales no estarán obligados a declararse si dichos ingresos han estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supera la cantidad de 1.600 euros anuales.
La novedades son menores en este apartado y sí hay que recordar cuestiones importantes siempre en socios trabajadores de sociedades de capital como son la tributación de la distribución de prima de emisión de acciones y participaciones en valores no negociados.
Autónomos y rendimientos de actividades económicas
Gastos de difícil justificación. Para los autónomos destacan los gastos de difícil justificación, que permiten deducirse un 5% de los rendimientos netos, con un límite de 2.000 euros anuales.
Gastos de suministros del hogar para los autónomos que trabajan desde casa, que se pueden deducir el 30% de los suministros del hogar, como electricidad, agua e internet, siempre que se acredite la proporción de la vivienda destinada a la actividad económica.
Dietas y manutención que permite descontar hasta 26,67 euros diarios en territorio nacional y 48,08 euros en el extranjero, siempre que se realicen en establecimientos de restauración y se paguen por medios electrónicos, tal y como establece la ley.
Primas del seguro de salud son deducibles, con un límite de 500 euros por persona, incluyendo al cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él.
Amortizaciones de bienes son otro gasto deducible para los bienes necesarios para su actividad, como equipos informáticos o vehículos, siempre que se acredite su uso profesional o empresarial.
Novedad importante es la libertad de amortización sobre vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga.
Las deducciones por insolvencias de clientes conforme las normas del I.S., siempre que hayan transcurrido 6 meses.
También las contribuciones a sistemas de previsión social son deducibles. Este apartado es muy interesante fiscalmente y como ahorro para la jubilación.
No debemos olvidar los beneficios fiscales para nuevos emprendedores con una reducción del 20% en el rendimiento neto de su actividad durante los dos primeros años en los que el resultado sea positivo.
La Estimación Objetiva, o MÓDULOS, tiene estos límites y ciertas especificaciones.
- Volumen de ingresos en el año inmediato anterior superior a 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto agrícolas, ganaderas y forestales. Se computan todas las operaciones, exista o no obligación de expedir factura. Las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario, no pueden superar 125.000€.
- Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.
- Volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, superior a 250.000 euros.
También el Rendimiento neto de módulos tiene índices correctores por la sequía.
La Orden de Módulos para 2024 (Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre) mantiene la cuantía de los signos, índices o módulos de ejercicios anteriores, y las instrucciones de aplicación.
Para los jóvenes agricultores las ayudas se pueden imputar por cuartas partes ya sea por actividad económica o ganancia patrimonial si es para adquirir participaciones de una empresa agrícola.
Ganancias y pérdidas patrimoniales
No hay grandes novedades, aunque sí hay que recordar las ganancias obtenidas por personas mayores de 65 años en la transmisión de elementos patrimoniales, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se destine en el plazo de 6 meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, la cantidad máxima total que podrá destinarse a constituir la renta vitalicia será de 240.000 euros.
No olvidemos la reinversión en vivienda habitual, la reinversión en vivienda habitual es un beneficio fiscal del IRPF que permite excluir de tributación las ganancias patrimoniales generadas al vender tu vivienda habitual, siempre que el dinero obtenido se destine a comprar o rehabilitar otra vivienda que será tu residencia principal, Esto incluye la posibilidad de autopromoción o construcción de la nueva vivienda.
Otras cuestiones
Se pueden compensar hasta el 25% del saldo negativo de rendimientos del capital mobiliario de la renta del ahorro con saldos positivos de ganancias y pérdidas de la renta del ahorro y a la vez y con el mismo límite se permite la compensación en sentido inverso, el saldo negativo de ganancias y pérdidas patrimoniales con el saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario.
PLANES DE PENSIONES. Los límites máximos conjuntos por aportaciones y contribuciones empresariales a sistemas de previsión social serán aplicados por la menor de las cantidades siguientes el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio o los 1.500 euros anuales.
Deducciones
Son interesantes para inversores que quieran diversificar la deducción en la cuota de un 50% la inversión o suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, siempre que se cumplan una serie de requisitos, y sobre una base hasta de 100.000€ anuales.
Tenemos nuevas deducciones temporales por obras que mejoren la eficiencia energética son aplicables desde 6-10-2021. Las aplicables a viviendas estarán vigentes hasta 31-12-2024 y la aplicable a edificios estará vigente hasta 31-12-2025.
Otras deducciones importantes son por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga: la deducción será del 15% por adquisición.
Además, otras que siguen actualmente y para los autónomos son un respiro financiero, son la deducción por inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y por inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas y la deducción por donativos, mecenazgo, maternidad, etc.
Cambios en la tributación
Rentas del ahorro: las ganancias patrimoniales superiores a 300.000€ tributan al 30% frente al 28% anterior.
Nueva deducción para rentas bajas: contribuyentes con rendimientos del trabajo ≤18.276€ anuales pueden deducir hasta 340€, reduciéndose progresivamente entre 16.576€ y 18.276€.
Exención para desempleados: quienes perciban solo prestaciones por desempleo quedan exentos de declarar si no superan los límites generales
Recuerda, en SP ASESORES te asesoraremos y resolveremos cualquier duda sobre tu I.R.P.F, gestionando de forma eficaz, eficiente y efectiva tu declaración. ¡Contacta con nosotros!